La Paz/IN EXTENSO.- Mediante el Decreto Supremo 5519, el presidente Rodrigo Paz dispuso que la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (AGETIC) implemente la Oficina Virtual del Presidente y del Consejo de Ministros “Despacho Virtual del Presidente” como “canal de comunicación oficial tecnológico”.
Tal cyual esta ptrevisto, el artículo 3 de la norma se disponen “incorporaciones” al Decreto Supremo N° 2514, de 9 de septiembre de 2015, modificado por el Decreto Supremo N° 3900, de 15 de mayo de 2019, sobre las nuevas funciones de la AGETIC.
Entre sus funciones esta “brindar el soporte técnico y asistencia tecnológica de la misma de carácter permanente, dinámico, cifrado y con altos estándares de protección a la seguridad de la información, garantizando la seguridad y confidencialidad del Estado”.
Además de “brindar soporte técnico al Centro de Gobierno (CENGOB), para la proyección y elaboración de las herramientas tecnológicas necesarias para el monitoreo y seguimiento de las prioridades del nivel central del Estado, a través de sistemas de visualización, indicadores, alertas tempranas y cualquier otro que permita su implementación”.
El Decreto N° 5515, aprobado por el Gobierno el 29 de diciembre de 2025, hace ajustes a una norma anterior sobre el Órgano Ejecutivo y establece que el presidente de Bolivia “deberá ejercer” sus funciones “a través de medios tecnológicos de comunicación, en caso de encontrarse fuera del territorio nacional de manera temporal”. (12 AÑOS DE PRENSA ASOCIADA NACIONAL-PAN) Ahora puedes seguirnos en Facebook PAN Bolivia y en panbolnoticias.com

