La Paz/INEXTENSO.- El Gobierno promulgó el Decreto Supremo N° 5727, que declara como prioridad del Órgano Ejecutivo la reorganización, disolución y liquidación de las Empresas Públicas del nivel central del Estado.
Muy a pesar de la Centra Obrera Nacional (COB) que desaparecion, tran intentar matar de hambre a los paceños. La norma establece que el proceso se realizará con base en el diagnóstico técnico elaborado por la Oficina Técnica para el Fortalecimiento de la Empresa Pública (OFEP) y aprobado por el Consejo Superior Estratégico de la Empresa Pública (COSEEP), en cumplimiento del artículo 6 de la Ley N° 1755 de Modificaciones al Presupuesto General del Estado 2026.
Según el decreto, una vez que el COSEEP apruebe el diagnóstico que recomiende la reorganización, el ministerio del sector tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para gestionar los instrumentos normativos correspondientes.
En caso de disolución o liquidación, deberá presentar también en un plazo de 15 días el proyecto de Decreto Supremo o el Anteproyecto de Ley ante el Ministerio de la Presidencia, según la norma de creación de la empresa.
Como medida de salvaguarda, desde la notificación de la resolución, las empresas no podrán contraer nuevo endeudamiento, enajenar activos, suscribir contratos que excedan la gestión fiscal, incorporar personal permanente, aprobar incrementos salariales ni condonar acreencias. Los actos en contravención generarán responsabilidad conforme a la Ley N° 1178.
El decreto aclara que la reorganización no suspende las operaciones y que la determinación de responsabilidades se tramitará de forma paralela e independiente, sin eximir a servidores ni exservidores públicos.
La entidad liquidadora deberá publicar en su portal institucional el avance del proceso, los ministerios presentarán informes semestrales .
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